Summer y Brian, se quedaron sin comentarios, ¿No es cierto? ya decía yo, que poco criterio.
Xomero, Borra; que buena respuesta a mi comentario anterior, al menos veo que hay gente con la capacidad intelectual de emitir un comentario.
Xomero: Respecto a lo de la tecnología, no tiene nada que ver, aqui no estas pagando por subir un mensaje o ¿si? y no tiene nada que ver que escribas en un celular la palabra "BIENE" (según entiendo verbo conjugado en segunda persona del singular en tiempo presente de indicativo, con B, cuando es de todos sabido que deriva del verbo Venir, con V. por tanto no es una justificación o argumentación correcta la tuya. ¿Estamos?
Borra. dale una leida a la Ley Orgánica Municipal, Artículo 115.
ARTÍCULO 115. El control interno, evaluación de la gestión municipal y desarrollo administrativo, estarán a cargo de la Contraloría Municipal, cuyo titular será propuesto por la primera minoría a través de una terna, en la sesión siguiente a la de instalación del Ayuntamiento y será designado en dicha sesión.
(Párrafo reformado. P.O. 28 de diciembre de 1999)
Se entenderá por primera minoría, a los integrantes del Ayuntamiento, cuya planilla haya obtenido el segundo lugar en votación en la elección del Ayuntamiento en funciones.
Cuando por cualquier causa la primera minoría no ejerza su derecho, el contralor municipal será designado por mayoría absoluta del Ayuntamiento a propuesta de cualquiera de sus integrantes, en la sesión ordinaria siguiente a la referida en el primer párrafo de este artículo.
En el presupuesto de egresos deberán preverse los recursos materiales y humanos necesarios y suficientes, con los que deberá contar la Contraloría Municipal para el ejercicio de su función.
Cuando por cualquier causa la primera minoría no ejerza su derecho, el contralor municipal será designado por mayoría absoluta del Ayuntamiento a propuesta de cualquiera de sus integrantes, en la sesión ordinaria siguiente a la referida en el primer párrafo de este artículo.
(Párrafo adicionado. P.O. 28 de diciembre de 1999)
En el presupuesto de egresos deberán preverse los recursos materiales y humanos necesarios y suficientes, con los que deberá contar la Contraloría Municipal para el ejercicio de su función.
Encuentras la ley orgánica Municipal en la página del Gobierno del Estado.
Creo que a todos les haría bien leer el mito de la caverna de Platón. pues nos limitamos a ver más allá de la verdad.